Cuenta CTS

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¿Qué es la CTS?

La compensación por tiempo de servicios (CTS) es un beneficio social que le corresponde a todo trabajador dependiente, cuyo pago es realizado por el empleador, mediante el abono en la CUENTA CTS del colaborador.


¿Cómo abro una cuenta CTS en Cooperativa de Ahorro y Crédito ABACO?

a) Si ya eres socio de ABACO, debes traer la carta emitida por tu empleador solicitando la apertura de tu cuenta CTS a cualquiera de nuestros puntos de atención o comunícate con tu ejecutivo.

b) Si aún no eres socio de ABACO, comunícate con nuestros ejecutivos de negocios, quienes te informarán sobre los requisitos de afiliación y apertura de la cuenta CTS, llamando a 611-1600 anexo 1684 o escribiéndonos a cts@abaco.com.pe


Si tengo mi cuenta CTS en otra entidad financiera, ¿Cómo la traslado a Cooperativa de Ahorro y Crédito Abaco?

a) Si ya eres socio de ABACO, apertura tu cuenta CTS en cualquiera de nuestros puntos de atención o comunicándote con tu ejecutivo. Posteriormente, entrega a tu empleador la Solicitud de Traslado de CTS y una copia de tu documento de identidad vigente.  

b) Si aún no eres socio de ABACO, comunícate con nuestros ejecutivos de negocios, quienes te informarán sobre los requisitos de afiliación y traslado de la cuenta CTS, llamando a 611-1600 anexo 1684 o escribiéndonos a cts@abaco.com.pe


¿Puedo retirar el dinero depositado en mi cuenta CTS?

Sí, de acuerdo a la ley N° 30334 vigente a partir del 25.06.2015, podrás disponer del 100% del excedente de 4 remuneraciones brutas que se encuentren depositadas en tu cuenta CTS; tomando en consideración el monto de la última remuneración antes del abono correspondiente a los meses de mayo y noviembre. Por ejemplo: Si estás laborando desde agosto y el pago de CTS se está realizando en noviembre, tu empleador deberá informar el monto de la remuneración bruta de octubre multiplicado por 4.


¿Cómo y dónde retiro el saldo disponible de mi cuenta CTS?

Primero, solicita a tu empleador que informe a Cooperativa de Ahorro y Crédito Abaco con una carta el monto intangible (4 últimas remuneraciones brutas) de los depósitos de tu cuenta CTS. Posteriormente, para retiros en efectivo, acércate a cualquiera de nuestros puntos de atención o, para retiros mediante transferencias interbancarias, comunícate con tu ejecutivo. La cuenta destino debe ser una cuenta de ahorros del mismo titular.


En caso de cese laboral ¿qué debo hacer para retirar los fondos de mi cuenta CTS?

Debes presentar la Carta de Cese firmada por el responsable del área de Recursos Humanos y/o representante legal de la empresa (ex empleador) donde trabajaste en cualquiera de nuestros puntos de atención o comunicándote con tu ejecutivo. 


¿Cuál es el procedimiento en caso del fallecimiento del titular de una Cuenta CTS?

En este caso, es importante precisar que solo los herederos pueden solicitar los fondos de la cuenta CTS, para ello deben presentar los documentos necesarios en nuestra plataforma de atención ubicada en Andrés Reyes 406, San Isidro, Lima, en el horario corrido de lunes a viernes de 9:30 a.m. a 5:30 p.m.

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